Alta Instancia:
La Instancia Especial de Alto Nivel de los Pueblos Étnicos (IEANPE) para el seguimiento de la implementación del Acuerdo Final de Paz fue creada de conformidad con el punto 6.2
“Capítulo Étnico” del Acuerdo.

La IEANPE está conformada por la Secretaría General y Secretaría Técnica, así como de 8 vocerías, quienes son delegados de organizaciones representativas de los pueblos étnicos, con respeto a la diversidad étnica y cultural y con representación equitativa entre hombres y mujeres.

FUNCIONES:

  1. Actuar como consultora, representante e interlocutora de primer orden de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final de Paz (CSIVI), desde lo contenido en el Capítulo Étnico.
  2. Realizar seguimiento a la implementación del Capítulo Étnico en cada punto establecido en el Acuerdo Final de Paz.
  3. Mantener espacios y canales de comunicación e interlocución con comunidades étnicas y las instancias oficiales de interlocución de éstos con el Gobierno Nacional.
  4. Contribuir a la difusión, visibilización y socialización del Acuerdo Final para la terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera
  5. Mantener diálogo constante con la CSIVI y demás Instancias establecidas por el Acuerdo Final de Paz.
  6. La IEANPE podrá contar con el apoyo de países y organismos internacionales que determinará la misma.


De conformidad con el punto 6.2 “Capítulo Étnico” del Acuerdo Final que establece la creación de una Alta Instancia con Pueblos Étnicos para el seguimiento de la implementación de los acuerdos, se acordó entre el Gobierno Nacional, las FARC-EP y las organizaciones representativas de los Pueblos Étnicos los siguientes lineamientos para su puesta en marcha.

Instancia Especial de Alto Nivel con Pueblos Étnicos para el Seguimiento de la Implementación del Acuerdo Final

Definición según el acuerdo

“Se creará una Instancia Especial de Alto nivel con Pueblos Étnicos para el seguimiento de la implementación de los acuerdos, que se acordará entre el Gobierno Nacional, las FARC-EP y las organizaciones representativas de los Pueblos Étnicos. La instancia tendrá las funciones de actuar como consultora, representante e interlocutora de primer orden de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI)”.

“Lo anterior sin detrimento de las funciones y atribuciones que tengan instancias de gobierno propio y de participación que ya existen”.


Conformación.

Conformada por 8 (ocho) delegados (as) de organizaciones representativas de los pueblos étnicos, con respeto a la diversidad étnica y cultural y con representación equitativa entre hombres y mujeres.

La selección de los (as) delegados (as) de pueblos étnicos, se realizará por primera vez por parte de las organizaciones que participaron en la construcción del capítulo étnico en La Habana.

La Instancia tendrá vigencia a partir del momento de conformación y por 3 meses adicionales a la finalización de la vigencia del Plan Marco de Implementación.

Quienes conforman la Instancia tendrán un período de dos (2) años. En los períodos subsiguientes, todos (as) los (las) integrantes cumplirán un período de dos años. La instancia propondrá para su discusión y aprobación en la CSIVI un mecanismo para la selección de los siguientes integrantes.

Principios que regirán el trabajo de la Instancia

Para el desarrollo de sus funciones, la Instancia del Alto Nivel se basará en los principios contemplados en el punto 6.2.2 Principios del Capítulo Étnico así como las salvaguardas y garantías establecidas en el punto 6.2.3.

Vocerías IEANPE


Funcionamiento y sesiones:

Durante los primeros 6 meses de la Instancia Especial, las integrantes deberán tener disponibilidad para acudir a las sesiones necesarias y atender los asuntos correspondientes. Tras los primeros 6 meses, la Instancia Especial se reunirá periódicamente según lo acuerden sus integrantes, mínimo una vez al mes.

En el primer mes de su vigencia, la Instancia deberá establecer su reglamento el cual debe estar en consonancia con los presentes lineamientos.

Plan de trabajo:

La Instancia Especial contará con un plan de trabajo anual concertado con la CSIVI en el cual se establezca cómo va a desarrollar sus funciones como consultora, representante e interlocutora con los diferentes actores y mecanismos pertinentes.

Secretaría y apoyo técnico:

La Instancia Especial contará con una secretaría para apoyar la gestión que requiera. La Secretaría tendrá las funciones que la instancia le designe.

Presupuesto

El plan de trabajo de la instancia concertado con la CSIVI estará financiado por el Gobierno con apoyo de la Cooperación Internacional.

* Comunicado Conjunto No 13 - Instancia Especial de Alto Nivel con Pueblos Étnicos
para el Seguimiento de la Implementación del Acuerdo Final de 15 de marzo de 2017.